Inicio Andalucía El Parlamento Andaluz aprueba la modificación de la Ley de Cooperativas.

El Parlamento Andaluz aprueba la modificación de la Ley de Cooperativas.

0

Ley de Cooperativas
Andalucía cuenta con 3.921 cooperativas, el 18,7% del total nacional. Foto: Junta de Andalucía.
El Parlamento andaluz ha aprobado la modificación de la Ley de Cooperativas, que reduce de tres a dos el número de socios necesarios para constituir este tipo de empresas. El consejero de Economía y Conocimiento, Antonio Ramírez de Arellano, ha subrayado que esta modificación facilitará la creación de firmas de economía social en Andalucía.

Ramírez de Arellano ha explicado que esta medida ha sido demandada y acordada con el sector, al que ha agradecido su contribución para plantear los cambios legislativos. La modificación de la ley además también reduce a dos el número de cooperativas necesarias para gestar una de segundo nivel e introduce mejoras en el régimen sancionador y otros ajustes de carácter técnico.

El titular de Economía ha señalado que las cooperativas «son el mejor ejemplo de emprendimiento colectivo, por su capacidad de generar economías de escalas y sinergias de actuación conjunta».Asimismo, ha explicado que las modificaciones introducidas por la nueva norma, tanto en la reducción de tres a dos el número de socios necesarios para crear una cooperativa, como la incorporación del régimen sancionador a aquellas con sección de crédito, «dotan de mayor seguridad jurídica al sector y son una demanda necesaria y pedida por el mismo».

La comunidad andaluza es una de las regiones españolas con mayor presencia del cooperativismo, tanto en número de empresas, con 3.921, el 18,7% del total nacional, como de trabajadores, 66.285, un 20,6% del total nacional.L a disminución en el número de socios se acometerá sin alterar los principios ni la forma jurídica del cooperativismo y, además, esta fórmula no tendrá límite temporal, es decir que la cooperativa podrá optar por mantenerse así por tiempo indefinido o incorporar nuevos integrantes.

Para la constitución con dos socios, se especifica que la aportación al capital social de uno de ellos podrá llegar hasta el 75% del total. En los estatutos, los promotores podrán optar entre una administración única o solidaria. También se reduce a dos el número de cooperativas necesarias para constituir una de segundo nivel, facilitando así la unión entre empresas y que ganen tamaño, haciéndolas más competitivas.

Junto con esta flexibilización, la ley modificada también incorporará el régimen sancionador para las cooperativas con sección de crédito, quienes actúan en el ámbito de la cooperativa y sus miembros asociados como entidades financieras. Esto viene a complementar el reglamento de la Ley de Cooperativas de 2014, que incluye una regulación exhaustiva de las secciones de crédito.

El régimen sancionador establece los tipos infractores y recoge incluso la posibilidad de prohibir la actividad de la sección de crédito en los casos de las más graves donde se puedan producir importantes perjuicios económicos o sociales. La inspección de estas entidades la realizará la Consejería de Hacienda y Administración Pública, competente en la materia.

La actual Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, que sustituyó a la de 1999, ya introdujo numerosas medidas de agilización de los trámites administrativos para crear sociedades, incorporar socios, crear puestos de trabajo, mejorar la flexibilidad interna y permitir una mayor libertad en la distribución de los beneficios. Asimismo, fomentó el perfil inversor de las sociedades, permitió la creación de grupos empresariales cooperativos y aumentó las posibilidades de contratar por cuenta ajena.

Descubre más desde Campiña Digital

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo