Inicio Andújar Ya han presentado su declaración de la Renta en Jaén 145.000 contribuyentes.

Ya han presentado su declaración de la Renta en Jaén 145.000 contribuyentes.

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Calle comercial de Andújar.

Cerca de 145.000 contribuyentes han presentado hasta el momento en la provincia de Jaén su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2015 (IRPF 2015), de acuerdo con los datos correspondientes al día 1 de junio ofrecidos por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, cuando se han completado ya dos tercios de la campaña de declaración.

Hasta la fecha, la Agencia Tributaria ha devuelto 44,7 millones de euros a 89.850 contribuyentes de la provincia, de forma que más del 74% de las devoluciones solicitadas y el 67% de los importes correspondientes ya han sido abonados, habiendo crecido un 1,5% la cifra de devoluciones con respecto a la misma fecha del año anterior, aunque el importe devuelto ha bajado un 3,7%.

En el conjunto de Andalucía, se ha devuelto hasta el 1 de junio el importe correspondiente a 1.108.160 declaraciones, por valor superior a 677 millones de euros, mientras que los datos nacionales reflejan que las devoluciones ascienden a 4.075 millones de euros a más de 6.212.000 contribuyentes.

Otro dato de interés en esta campaña del IRPF es que más del 87% de los contribuyentes jiennenses que han entregado ya su declaración de la renta (esto es, 126.438), lo han hecho a través de Internet, un porcentaje próximo a la media nacional (88,4%). De ellos,  61.231 han utilizado la nueva plataforma Renta Web, lo que supone un 42,2% de las presentaciones de borradores por Internet, cifra alejada de la media nacional y andaluza, que revela que más del 59% de los ciudadanos españoles han empleado este novedoso sistema  para la tramitación de su renta.

Servicio de cita previa.

Tanto la presentación de declaraciones y borradores con RENTA WEB, como la presentación telemática de la declaración a partir del programa PADRE o equivalentes, acelera la devolución y evita al contribuyente los desplazamientos a las plataformas habilitadas por la Agencia Tributaria y las entidades colaboradas.

En todo caso, para una asistencia más personalizada, la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente sus oficinas y servicios telefónicos. Al objeto de mitigar en la medida de lo posible una eventual pérdida de citas en perjuicio del conjunto de los contribuyentes, la Agencia Tributaria quiere recordar a los ciudadanos que pueden modificar la hora y días asignados para su cita, o comunicar a la propia Agencia que han decidido no hacer uso de la misma. El calendario de citas se va abriendo progresivamente, por lo que se recomienda un uso paulatino del servicio.

Quiénes no están obligados a declarar.

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), y también cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, este año el límite se amplía desde los 11.200 hasta los 12.000 euros anuales.

Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos:

– Dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros.

– Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Revisión de datos personales y económicos.

Siempre resulta conveniente revisar la propuesta de declaración que ofrece la Agencia Tributaria. Si se obtiene a través de RENTA WEB, la información será la más actualizada posible pero, en todo caso, la Agencia puede no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyente deba incorporar al borrador.

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