Inicio Andújar Los agricultores jienenses podrán renovar su maquinaria agrícola hasta finales de julio.

Los agricultores jienenses podrán renovar su maquinaria agrícola hasta finales de julio.

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El Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino inició en 2005 un programa para tratar de solventar las necesidades de la maquinaria agrícola, considerando la existencia de un parque notablemente envejecido, en buena parte sin la adecuada protección en caso de vuelco, con sistemas de frenado y señalización en mal estado, con motores con deficiente aprovechamiento energético y elevadas emisiones de gases contaminantes.

 Tras la finalización de la vigencia de las ayudas reguladas por este real decreto, en 2010 se consideró nuevamente necesaria la actualización de esta ayuda conocida como el Plan Renove, contemplando como principales modificaciones el achatarramiento de determinados equipos arrastrados o suspendidos y fomentar su renovación por otros que garanticen un uso más racional y una correcta distribución, mediante el incremento de la cuantía básica de la ayuda, cuando junto al tractor, se achatarren equipos de tratamiento fitosanitario o de distribución de fertilizantes. 

Con este fin, se ha abierto ahora un nuevo plazo del Plan Renove de Maquinaria Agrícola que se extiende a lo largo del mes de julio de 2011. Se concede una mayor preferencia a las explotaciones prioritarias y a las agrupaciones de agricultores que fomenten el uso en común de la maquinaria y, se introduce la posibilidad de sustituir el achatarramiento de tractores y máquinas automotrices, por la entrega a una organización no gubernamental u otras entidades en el marco de la cooperación internacional, para su envío a países en vías de desarrollo.

 El objetivo es establecer, en régimen de concurrencia competitiva, las bases reguladoras de las ayudas estatales para fomentar la renovación del parque nacional de tractores y máquinas automotrices agrícolas, mediante el achatarramiento de las unidades de estas máquinas más antiguas y su sustitución por nuevos tractores y nuevas máquinas, que al estar equipadas con modernas tecnologías, mejoran las condiciones de trabajo, tienen una mayor eficiencia energética y producen un menor impacto ambiental.

 También se podrán destinar estas ayudas procedentes del achatarramiento de tractores y máquinas automotrices a la adquisición de determinadas máquinas arrastradas y suspendidas, tales como sembradoras directas; cisternas para purines y esparcidores de fertilizantes sólidos equipados, en ambos casos, con dispositivo de localización; y abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios que posibiliten una correcta distribución, mediante acreditación de una estación de ensayos específica para estos tipos de máquinas.

 La cuantía base de la ayuda se establece en 80 euros por caballo de vapor (CV), de la potencia que consta en la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), en el caso de tractores y motocultores. Para el resto de máquinas automotrices, la potencia en CV se determinará multiplicando por el factor 5 su potencia fiscal. En el caso de que el beneficiario sea persona física, la cuantía base de la ayuda se incrementará, atendiendo a las condiciones del beneficiario y de su explotación por ser titular de una explotación agraria prioritaria, por ser agricultor joven y por estar la explotación ubicada en una de las zonas de montaña u otras zonas con dificultades.

 La ayuda máxima por beneficiario y convocatorias, regulada por este real decreto, no superará:

 a) 12.000 euros en el caso de adquisición de nuevos tractores.

b) 15.000 euros en el caso de adquisición de nuevos tractores, cuando junto con el achatarramiento de tractores, se cumplan una serie de requisitos.

c) 30.000 euros cuando se trate de equipos automotrices de recolección.

d) El 30 por ciento de la inversión en el resto de máquinas automotrices y en los casos de máquinas arrastradas.

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